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Impuestos al Vender un Bien Inmueble en Panamá: 2% de Transferencia y 3% de Ganancia de Capital

  • Foto del escritor: Roxana Rangel
    Roxana Rangel
  • hace 8 horas
  • 3 Min. de lectura

calle en casco viejo panamá
Casco Antiguo ciudad de Panamá

Cuando vendes una propiedad en Panamá, existen obligaciones fiscales importantes que debes conocer. La venta de inmuebles no solo implica un contrato y entrega de llaves; también implica el pago de impuestos ante la Dirección General de Ingresos (DGI) antes de que la transferencia quede legalmente inscrita.  


1. Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) – 2%

El Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) es un tributo que se aplica cada vez que un inmueble cambia de dueño, ya sea por compraventa, permuta, dación en pago, donación o cualquier mecanismo que transfiera dominio. 

 

 ¿Cómo se calcula?

Se aplica una tasa del 2% sobre el mayor valor entre:

  •  El precio de venta acordado entre las partes.

  •  El valor catastral oficial del inmueble (valor que mantiene ANATI y el Registro Público, actualizado para efectos fiscales).

 Es decir, si vendes más caro de lo que figura en el catastro, el 2% se calcula sobre el precio de venta; si el valor catastral es mayor, se calcula sobre ese último. 

 

¿Quién paga este impuesto?

En Panamá es una obligación del vendedor. No obstante, puede negociarse entre comprador y vendedor.  

 

2. Impuesto de Ganancia de Capital (3%)

En Panamá, al vender una propiedad también se genera, en principio, un impuesto por la ganancia de capital —es decir, el beneficio obtenido en la venta—. Lo que no es mas que un adelanto al impuesto sobre la renta. Este impuesto se paga generalmente, exista o no ganancia por la venta del bien inmueble.  En casos muy específicos y particulares, podría determinarse la pérdida.


 ¿Cómo funciona este impuesto?

Se paga 3% sobre el mayor valor entre el precio de venta o el valor catastral.  

 

Resumen de los Impuestos en una Venta de Inmueble

 

Concepto

Tasa

Base Imponible

Quién suele pagar

Impuesto de transferencia de inmuebles

2%

Mayor entre precio de venta o valor catastral

Vendedor (negociable)

Impuesto de ganancia de capital (anticipo)

3%

Mayor entre precio de venta o valor catastral

Vendedor (negociable)

Aspectos Clave que Debes Saber

 

Valor Catastral Actualizado

El cálculo del 2% y del 3% suele tomar como base el valor catastral actualizado si es mayor que el precio de venta. Por eso es esencial tener el valor catastral correcto y actualizado en ANATI, ya que puede incrementar el monto del impuesto. 


 Certificados de Paz y Salvo

Antes de transferir la propiedad, debes:

  • Pagar la tasa de aseo para obtener el paz y salvo de aseo.

  • Paz y salvo del IDAAN (agua)

  • Paz y Salvo de Cuota de Mantenimiento (cuando procede)

  • Pagar impuesto de inmueble atrasado, para obtener el paz y salvo correspondientes que exige la DGI.

  •  Presentar las declaraciones de transferencia y ganancia de capital en el sistema eTax 2.0. 

 

 Negociación de Costos

Aunque legalmente el vendedor es responsable los impuestos fiscales principales (2% + 3%), el contrato de compraventa puede negociar que el comprador pague parte o la totalidad de estos impuestos, siempre que ambas partes estén de acuerdo y quede estipulado por escrito. 

 

Conclusión

Vender un inmueble en Panamá implica más que un simple acuerdo entre comprador y vendedor: debes conocer los impuestos que la DGI exige antes de completar la transferencia.

Los más importantes son:

  •  El 2% de impuesto de transferencia sobre el mayor valor entre el precio de venta o catastral.

  •  El 3% de anticipo de impuesto sobre ganancia de capital, calculado de la misma manera.

Estos pagos son requisitos previos a la inscripción del título en el Registro Público y, si no se cumplen, pueden impedir o retrasar la transferencia. 


Quiero tener una idea de los gastos antes del inicio del una transacción de compraventa? Contáctenos: roxana@roxanarangel.com


 
 
 

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