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Residencia Permanente en Panamá como Inversionista Calificado: Actualizaciones 2024

  • Foto del escritor: Roxana Rangel
    Roxana Rangel
  • 24 may
  • 2 Min. de lectura



Panamá continúa consolidándose como un destino atractivo para inversionistas extranjeros, ofreciendo un entorno económico estable y oportunidades de crecimiento. El programa de Residencia Permanente como Inversionista Calificado, establecido por el Decreto Ejecutivo No. 722 de 2020, ha sido recientemente modificado por el Decreto Ejecutivo No. 193 de octubre de 2024, introduciendo cambios significativos que facilitan y amplían las opciones para los solicitantes.


Principales Modificaciones del Decreto Ejecutivo No. 193


1. Reducción del Monto Mínimo de Inversión Inmobiliaria

El monto mínimo requerido para la inversión en bienes inmuebles se ha reducido de USD 500,000 a USD 300,000, aplicable tanto a compras directas como a través de promesas de compraventa. Esta inversión debe provenir de fondos del extranjero y el solicitante debe ser el beneficiario final de la inversión. 


Cuando se trata de contrato de promesa de compraventa, el contrato debe estar debidamente registrado en el Registro Público de Panamá.

 

2. Nuevas Modalidades para la Inversión Inmobiliaria

Se han introducido dos opciones adicionales para realizar la inversión mediante contrato de promesa de compraventa:

  • Depósito en Fideicomiso: Realizado a través de un banco o fiduciaria con licencia para operar en Panamá. 

  • Pago Directo al Promotor o Promitente Vendedor: Consiste en el pago del 100% del valor del inmueble que aún no ha sido construido o registrado, respaldado por una garantía bancaria de cumplimiento a favor del inversionista.  


3. Aceptación de Copropiedad entre Cónyuges o Dependientes

Se permite que las inversiones sean realizadas en copropiedad o cotitularidad entre cónyuges o dependientes, ya sea a título personal o a través de una persona jurídica, siempre que estos sean los beneficiarios finales de la inversión. 


4. Conversión de Permisos Provisionales a Residencia Permanente

Los extranjeros que hayan iniciado solicitudes de Permiso Provisional de Permanencia por Solvencia Económica Propia mediante inversión en bienes inmuebles desde el año 2020 pueden optar por cambiar su estatus migratorio a la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, cumpliendo con los requisitos establecidos. 

 

Otras Opciones de Inversión

Además de la inversión en bienes inmuebles, el programa mantiene las siguientes opciones:

Inversión en el Mercado de Valores: Monto mínimo de USD $500,000.00, realizada a través de una casa de valores autorizada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá.

Depósito a Plazo Fijo: Monto mínimo de USD $750,000.00, en un banco con licencia general en Panamá, con un plazo mínimo de cinco años.

 

Documentación Requerida

Los solicitantes deben presentar:


  • Pasaporte válido.

  • Certificado de antecedentes penales.

  • Certificación bancaria del origen de los fondos.

  • Documentación legal de la inversión realizada. 

Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados o legalizados por el consulado de Panamá, más cercano.


Beneficios del Programa

  • Residencia permanente inmediata: El permiso se otorga desde el primer trámite.

  • Inclusión de dependientes: Posibilidad de incluir a cónyuge e hijos.

  • Estabilidad legal y migratoria: En un país con creciente conectividad y oportunidades de negocios.

  • Posibilidad futura de optar por la nacionalidad panameña, bajo ciertos requisitos.

 

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