Visa de Inversionista Calificado Panamá 2026: Nuevos Requisitos para la Residncia Permanente.


Decreto Ejecutivo N.º 17 de 8 de septiembre de 2026: nuevas disposiciones para inversionistas extranjeros en Panamá
La Visa de Inversionista Calificado Panamá 2026 presenta importantes cambios en los requisitos de inversión inmobiliaria establecidos mediante el Decreto Ejecutivo N.º 17 de 8 de septiembre de 2026. La nueva regulación diferencia los montos mínimos de inversión según se trate de inmuebles de primera venta o propiedades del mercado secundario.
Panamá ha introducido importantes modificaciones al régimen migratorio de Residencia Permanente en calidad de Inversionista Calificado, mediante el Decreto Ejecutivo N.º 17 de 8 de septiembre de 2026, publicado en la Gaceta Oficial N.º 30613 del 16 de septiembre de 2026.
Esta nueva regulación sustituye el Decreto Ejecutivo N.º 722 de 15 de octubre de 2020 y sus modificaciones, estableciendo nuevas condiciones para los extranjeros interesados en obtener la residencia permanente en Panamá a través de inversiones calificadas.
¿Cuál es el cambio más importante?
Una de las principales modificaciones consiste en la diferenciación de los montos mínimos de inversión inmobiliaria, dependiendo de si la propiedad pertenece al mercado primario o al mercado secundario.
1. Inmuebles de primera venta: inversión mínima de US$300,000
Se mantiene el monto mínimo de inversión de US$300,000 para la adquisición de inmuebles nuevos, no ocupados, cuya primera transferencia se realice por parte del promotor, desarrollador o su causahabiente, conforme a las condiciones establecidas en el decreto.
2. Inmuebles del mercado secundario: inversión mínima de US$500,000
Para propiedades que hayan sido previamente comercializadas, ocupadas, arrendadas o transferidas a terceros no relacionados, la inversión mínima exigida será de US$500,000.
La regulación contempla determinadas excepciones para operaciones que no constituyen una venta previa, como ciertos supuestos de sucesión, segregación o reorganización societaria.
¿Qué significa este cambio para los inversionistas extranjeros?
La distinción entre inmuebles nuevos y propiedades del mercado secundario tiene consecuencias importantes para quienes contemplan adquirir bienes raíces con el propósito de obtener la residencia permanente en Panamá.
Antes de formalizar una compraventa, resulta esencial verificar no solamente el precio de adquisición, sino también la condición jurídica del inmueble, sus antecedentes registrales y si la transacción cumple con los requisitos de la categoría migratoria.
Una propiedad cuyo precio de venta sea de US$300,000 no necesariamente permitirá acceder al programa si pertenece al mercado secundario.
Otros aspectos relevantes de la nueva regulación
El Decreto Ejecutivo N.º 17 de 2026 también incorpora disposiciones relacionadas con:
La acreditación del origen extranjero y la trazabilidad de los fondos utilizados para realizar la inversión.
La verificación del valor efectivo de la inversión y de los gravámenes que puedan afectar los inmuebles.
La inversión a través de sociedades y fundaciones de interés privado, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes de identificación del beneficiario final y control efectivo.
Los mecanismos de verificación y garantía aplicables a determinadas inversiones realizadas mediante promesas de compraventa.
Las modalidades de inversión mediante instrumentos financieros y depósitos a plazo fijo, sujetas a sus respectivos montos y condiciones.
La importancia de una adecuada asesoría legal
La adquisición de un inmueble con fines migratorios implica aspectos legales, inmobiliarios, corporativos y financieros que deben evaluarse antes de completar la inversión.
Una revisión adecuada de la documentación y de la estructura de la transacción permite determinar si la inversión reúne las condiciones exigidas por la legislación panameña.
En Roxana Rangel V. Abogados brindamos asesoría legal a inversionistas extranjeros interesados en establecer su residencia en Panamá, incluyendo procesos migratorios, compraventas inmobiliarias y estructuración corporativa.
Para información y asesoría legal, visite www.roxanarangel.com.
Base legal: Decreto Ejecutivo N.º 17 de 8 de septiembre de 2026, publicado en la Gaceta Oficial N.º 30613 del 16 de septiembre de 2026.
Artículo informativo. La aplicación de la normativa dependerá de las circunstancias particulares de cada inversión y del cumplimiento de los requisitos legales correspondientes.




Comentarios