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Sede de Empresas Multinacionales (SEM)

La licencia SEM, concede beneficios fiscales tanto para la empresa como para el ejecutivo. Como abogados podemos aseorarles y guiarles en el proceso, a fin de obtener la Licencia de Sede de empresas Multinacionales y sus ventajas.

Beneficio para la Empresa Multinacional

  • Tarifa reducida de Impuesto sobre la Renta: Las empresas poseedoras de una Licencia de Sede de Empresa Multinacional deberán pagar el impuesto sobre la renta en la República de Panamá sobre la renta neta gravable derivada de los servicios prestados a una tarifa del 5 %. 

  • La empresa SEM deberán liquidar y pagar el impuesto sobre la renta por medio de la declaración jurada anual de rentas, y podrán incluir dentro de sus gastos deducibles los gastos incurridos en concepto de remuneraciones laborales de todos sus empleados, de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal. 

  • Impuesto de Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios: Por tratarse de servicios de exportación, no causarán Impuesto de Transferencia, siempre que se presten a entidades del grupo empresarial en el exterior, que no genere renta gravable dentro de Panamá. 

  • Impuesto de dividendo y complementario e impuesto a las sucursales: Las empresas poseedoras de una Licencia de Sede de Empresa Multinacional estarán exentas del pago del impuesto de dividendo, del impuesto complementario y del impuesto a las sucursales, sin distinción de que sean de fuente local, extranjera o exenta. 

  • Equipos Fiscales: Las empresas poseedoras de una Licencia de Sede de Empresa Multinacional no estarán sujetas al uso de equipos fiscales. 

  • Ganancias de Capital: La ganancia o pérdida en la transferencia de acciones emitidas por la empresa SEM están sujetas al régimen de ganancias de capital, pero a una tasa fija de 2%, donde el comprador tendrá la obligación de retener al vendedor una suma equivalente al 1% del valor total de la enajenación. 

  • Aviso de Operación:  Las empresas poseedoras de una Licencia de Sede de Empresa Multinacional no tendrán la obligación de obtener un Aviso de Operación para la prestación de los servicios establecidos en la presente Ley; en consecuencia, no estarán sujetas al pago de Impuesto de Aviso de Operación. 

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Beneficios Migratorios

Visa de Personal Permanente por un periodo de 5 años, Visa de Personal Temporal, Visas de estadía de 6 meses.

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Beneficios Laborales

Las SEM podrán contratar la cantidad necesaria de personal de confianza y ejecutivos de alta gerencia para realizar sus operaciones en Panamá. Los dependientes que deseen trabajar podrán realizar su cambio de estatus migratorio a través de la Ventanilla Única en el Ministerio de Comercio e Industrias. 

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Beneficios Adicionales

Las actividades que realizan las empresas con Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales, autorizadas para operar en la República de Panamá de conformidad con la Ley 41 de 24 de agosto de 2007 y sus leyes reformatorias, serán consideradas como inversiones aceptables y susceptibles de obtener las garantías a que se refiere el artículo 10 de la Ley 54 de 1998, reglamentada por el Decreto Ejecutivo 9 de 22 de febrero de 1999. 

Las empresas que obtengan una Licencia SEM a partir del 1 de enero de 2019, gozarán de  estabilidad jurídica de manera automática.

Permítanos asistirle!

Para mayor información, por favor contáctenos: 

roxana@roxanarangel.com

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