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Los impuestos de 2% y 3%, en el proceso de compraventa de bien inmueble.

Cuando hablamos de compraventa de bienes inmuebles, siempre escuchamos a nuestro broker o abogado, hacernos referencia de un 5% en impuestos, como parte de los gastos del proceso, y es que cuando hacemos ventas de propiedades el vendedor está obligado a pagar un 2% por la transferencia del bien inmueble y un 3% de ganancia de capital. Estos impuestos recaen sobre la persona que vende y no sobre la propiedad.

El 2% se paga sobre lo que sea mayor, el valor de la propiedad actualizado al sistema de la DGI (Dirección General de Ingresos de Panamá) o el precio de venta. En este punto debo aclarar que no siempre el precio de venta es mayor. Algunas veces y dependiendo del valor registrado y la cantidad de años que tenga el bien, podría este ser mayor al de venta.

En cuando al 3%, impuesto llamado impuesto por ganancia de capital, y que no es más que un impuesto de renta adelantado, se paga de igual manera, al valor mayor entre el de venta y el registrado, y es un impuesto ineludible. Este impuesto es necesario pagarlo aunque ha consideración del propietario de la propiedad, la transacción este arrojando pérdida. Los formularios de cada impuesto y sus constancias de pago, son requisitos indispensables para el cierre ante el notario público.


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